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La magistrada de Justicia y Paz Zoraida Anyul Chalela le concedió ayer al exparamilitar Édgar Ignacio Fierro Flórez, alias Don Antonio, la sustitución de medida de aseguramiento por una no privativa de la libertad que solicitó la semana pasada.

La decisión, según dijo, la tomó basada en el artículo 18A de la Ley 975 de 2005 -introducido por la Ley 1592-, que contempla la posibilidad de que los postulados al proceso de Justicia y Paz puedan acceder a la sustitución siempre que cumplan con cinco requisitos que demanda la norma.

De acuerdo con la magistrada, el exparamilitar acató los puntos contemplados por lo que accedió a la solicitud interpuesta a través del abogado Camilo Bocanegra Bernal. La determinación la leyó en audiencia que en el Centro Cívico, de Barranquilla, a la que asistió Fierro, trasladado para ello desde la cárcel Picota, de Bogotá.

El primer requisito que acreditó la magistrada fue la permanencia de 8 años en un centro de reclusión, ya que según certificados presentado por el abogado defensor, Fierro cumplió con esta pena en centro carcelario.

El segundo es haber participado en las actividades de resocialización disponibles y haber obtenido certificado de buena conducta, respecto de lo cual Zoraida Anyul Chalela indicó que la defensa ha allegado los registros de cada uno de los establecimientos de reclusión que calificaron la conducta del interno como buena o ejemplar.

'En esta audiencia encuentra solventado la magistratura dicho requisito con el aporte de las certificaciones'.

Con relación al tercer requisito que señala que el postulado debe haber participado y contribuido al esclarecimiento de la verdad en las diligencias judiciales del proceso de Justicia y Paz, la funcionaria judicial señaló en su decisión que el abogado Bocanegra aportó la certificación expedida por el fiscal 12 de Justicia y Paz, Eduardo Buelvas Torres, en la que afirma que Fierro Flórez ha participado en diversas diligencias de versión, individuales y colectivas; lo mismo que ha confesado su participación en múltiples hechos delictivos.

'También fue aportada copia del informe de investigador de campo de la Fiscalía en el que se reportan las acciones para la identificación de fosas adelantadas en el marco del proceso seguido contra el postulado Fierro Flórez', siguió detallando.

Otra demanda de la norma es que el postulado debe haber entregado bienes para contribuir a la reparación integral de las víctimas, si a ello hubiere lugar frente a lo cual la magistrada manifestó que el postulado aportó una certificación del fiscal 35 de persecución de bienes en el que se citan detalles las circunstancias en las que se produjo la incautación y posterior extinción de dominio de sus propiedades al momento de su captura.

Con respecto a la posición de los defensores de víctimas que indicaron que este requisito no había sido cumplido por el postulado, la funcionaria judicial dijo que 'corresponde a su función identificar o denunciar los bienes que estén siendo ocultados o distraídos por el postulado, a afectos que puedan ser perseguidos y vinculados con fines de reparación de las víctimas'.

Finalmente sobre el quinto requisito que indica que el postulado no debe haber cometido delitos dolosos, con posterioridad a la desmovilización, la encargada de la decisión señaló que no hubo ninguna oposición por parte de la Fiscalía como sí lo hizo en audiencia realizada el pasado 28 de marzo, por lo que también acreditó dicho requisito.

Luego de avalar los requerimientos legales la magistrada señaló que alias Don Antonio debe someterse a vigilancia electrónica; observar buena conducta individual, social y familiar; no salir del país sin previa autorización judicial, entre otras exigencias.

La Fiscalía y los defensores de víctimas interpusieron el recurso de apelación ante la decisión, el que sustentarán hoy en la mañana, y lo debe resolver la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia.

Alias Don Antonio seguirá preso ya que está pendiente una apelación que interpuso su abogado contra una Juez de ejecución de penas de Bogotá que no avaló su solicitud de libertad por pena cumplida.

'Es un paso más'. El abogado Camilo Bocanegra celebró la decisión de la magistrada, pero dijo que es claro que su defendido no podrá recobrar la libertad de manera inmediata porque deben surtirse otros pasos. Esto, anotó, 'se va a tomar un buen tiempo porque en Bogotá se le negó la libertad por pena cumplida'.