A través del decreto número 1609 de 2024 firmado el pasado 27 de diciembre y dado a conocer al público este jueves, 2 de enero, el Gobierno Nacional anunció cuál será el reajuste de este año para el valor de uno de los impuestos de mayor importancia para los propietarios de bienes inmuebles en el país: el avalúo catastral.
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Mediante el documento, que ya cuenta con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Departamento Nacional de Planeación, el Ejecutivo enumeró los aspectos que se tuvieron en cuenta para el incremento de esta cifra y determinó cuáles serán las excepciones.
La decisión, de acuerdo con lo que se lee en el decreto, considera factores económicos tales como los índices de valoración de predios y la inflación proyectada que, según dio a conocer el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), para 2025 también se fijó en un 3 %, en línea con la política monetaria informada por la Junta Directiva del Banco de la República.
Detalles del reajuste del avalúo catastral
Inicialmente, el decreto especifica que los predios urbanos y rurales que no han sido objeto de formación o actualización catastral durante la vigencia de 2024 experimentarán un incremento del 3 % en sus avalúos catastrales.
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Asimismo, este porcentaje, según establece el documento, se aplicará también a los predios rurales dedicados a actividades agropecuarias, siempre que no hayan sido sujetos de procesos de actualización catastral o ajustes automáticos en el último año.
Por otra parte, los avalúos catastrales de predios urbanos y rurales que ya hayan sido actualizados mediante metodologías masivas implementadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) no estarán sujetos al incremento. Esto incluye, entre otros, los procesos realizados en virtud del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Excepciones al reajuste del impuesto predial
El reajuste no se aplicará a predios ubicados en la capital del país, Bogotá, donde los valores catastrales son definidos por índices locales de valoración inmobiliaria, de conformidad con la Ley 601 de 2000.
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Asimismo, el Gobierno estableció que los catastros descentralizados podrán optar por establecer índices diferenciados, considerando el uso y las características de los predios.
Implicaciones del incremento para los contribuyentes
El ajuste impactará a propietarios de inmuebles que no hayan tenido modificaciones en sus avalúos durante 2024, mientras que quienes realizaron procesos de actualización o formación no verán variaciones significativas en sus cobros.
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De acuerdo con lo que ha explicado el Gobierno, este aumento, aunque moderado, responde a la necesidad de equilibrar los ingresos municipales y garantizar la sostenibilidad fiscal de las ciudades y las diferentes regiones del país.
La medida, que entrará en vigor a partir del próximo viernes, 10 de enero de 2025, será monitoreada por las autoridades competentes para asegurar su correcta implementación.