Aunque no todas las personas naturales que presenten su declaración del impuesto sobre la renta están obligadas a pagarlo, el Gobierno nacional proyecta un recaudo superior a $1,5 billones con los 2,06 millones de declarantes que tiene el país este año.
El calendario de vencimientos comenzó desde ayer se extenderá hasta el 21 de octubre y se rige por los dos últimos números de la cédula de ciudadanía que son los del Número de Identificación Tributaria NIT.
El director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, Santiago Rojas, aclaró que los empleados que declaran renta bajo los sistemas Impuesto mínimo alternativo nacional (Iman) e Impuesto mínimo alternativo simple (Imas), deberán hacerlo con las reglas establecidas para el año gravable 2014, atendiendo el calendario tributario actual.
Esta aclaración la hizo teniendo en cuenta el fallo de la Corte Constitucional que establece que atendiendo el principio del mínimo vital, 'el cálculo de la renta gravable alternativa para empleados, obtenida en virtud de los sistemas Imas - Iman, permite la sustracción de las rentas de trabajo exentas'.
Esto quiere decir, que el 25% de la renta de trabajo exenta sólo podrá restarse a partir del año gravable 2016, debido a los efectos diferidos del fallo.
Preguntas frecuentes
Lo que debe saber para declarar
¿Cuáles son las categorías de las personas naturales para declarar?
Empleados, trabajadores por cuenta propia y otros.
¿Cuáles son las obligaciones de quienes cumplen los requisitos señalados por la Dian para declarar?
Inscribirse en el RUT o actualizarlo, presentar su declaración y pagar (si hay lugar), en la forma y en los plazos estipulados por Gobierno.
¿Cuáles son los sistemas para determinar el impuesto de renta a las personas naturales?
El sistema ordinario de determinación de renta y complementarios, que incluye entre otros, la determinación de la renta por el sistema de la renta presuntiva. El Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (Iman) para empleados y el Impuesto Simple Alternativo para Empleados (Imas) para empleados. También está el Impuesto Simple Alternativo para Trabajadores por Cuenta Propia (Imas para trabajadores por cuenta propia).
¿El cálculo del impuesto de renta por el sistema Iman es obligatorio?
Sí, únicamente para las personas naturales clasificadas en la categoría de empleados.
¿El cálculo del impuesto de renta por el sistema Imas es obligatorio para empleados?
No, en el caso de las personas naturales clasificadas en la categoría de empleados la liquidación del impuesto bajo el sistema Imas es opcional, únicamente para aquellas personas que cuya Renta Gravable Alternativa (RGA) sea inferior a 4.700 UVT ($129.179.500 para el 2014).
¿Una persona está obligada a declarar si en 2014 recibió en su cuenta bancaria consignaciones por cuenta de terceros que superaron los $123.682.500?
Sí, pues debe tener en cuenta que los topes establecidos para presentar declaración no exigen que los ingresos sean propios. Pero, al determinar el impuesto debe incluir únicamente los ingresos susceptibles de incrementar su patrimonio.
¿En qué casos la declaración debe ir firmada por contador o revisor fiscal?
Cuando se trate de contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad y que de acuerdo con el Código de Comercio y demás normas vigentes sobre la materia, estén obligados a tener Revisor Fiscal. Los demás contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad deberán presentar la declaración firmada por contador público.
¿Cómo se realiza el pago de la declaración?
r Las entidades autorizadas recibirán pagos, en efectivo, tarjetas débito, de crédito o mediante cheque de gerencia o girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe. También hay otros medios como transferencias electrónicas o abonos en cuenta, a través de canales presenciales o electrónicos.