La Defensoría del Pueblo solicitó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca tumbar el nombramiento de Eduardo Montealegre como ministro de Justicia, argumentando que se desconoce la Ley de Cuotas que exige paridad de género en la composición ministerial.
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La entidad pidió suspender provisionalmente el Decreto 647 de 2025 e invocó el artículo 4 de la Ley de Cuotas, el cual exige una composición del 50% de mujeres y el 50% de hombres en el gabinete.
La Defensoría alega que tras la salida de Ángela María Buitrago del Ministerio de Justicia y la llegada de Montealegre el gabinete ministerial está conformado por 10 hombres y 9 mujeres, lo que significa que se estaría incumpliendo el mínimo legal.
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“Resulta claro que en la actualidad no se cumple en debida forma la Ley de cuotas, al incumplir el porcentaje mínimo del 50% requerido de nombramientos femeninos en los cargos de ministros, rompiendo el equilibrio de género en los cargos del alto nivel decisivo, procediendo la nulidad del último nombramiento que incumplió la referida Ley.”, se lee en el documento.
“Tal como se ha indicado, el acto demandado vulnera de manera ostensible y directa la norma referida, al no garantizar el mínimo de participación femenina exigido, por lo que su legalidad se encuentra seriamente comprometida, y por ende, el proceso se sustenta en una controversia jurídica que prima facie revela la vulneración del ordenamiento constitucional y legal”, dijo la Iris Marín, defensora del Pueblo.
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Ante esto, el organismo pidió la nulidad del Decreto 647 de 2025, por el cual se nombró como Ministro de Justicia y del Derecho a Eduardo Montealegre Lynett, el 13 de junio de junio de 2025.
Además, solicita al presidente Petro hacer un nuevo nombramiento que cumpla con lo enunciado en la Ley de Cuotas que exige un mínimo del 50% de participación femenina en los cargos decisorios de los Ministerios.