Con la sanción del presidente Gustavo Petro se convirtió en la Ley 2486 de 2025 la iniciativa que regula la circulación y promueve el uso de vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana en Bogotá, como alternativas de movilidad sostenible.
“Una ley necesaria para proteger a todos los actores viales, estableciendo reglas claras para el uso responsable de bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas y otros medios de transporte personal amigables con el medio ambiente”, celebró en su cuenta de X el senador Julio Alberto Elias Vidal, autor y ponente del proyecto que ya es ley de la República.
Los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana de los que habla la ley son aquellos “asistidos o impulsados por un motor eléctrico, de peso reducido, diseñados para uso individual en entornos urbanos, que cumplen con las características y especificaciones técnicas definidas por el Ministerio de Transporte para circular por la ciclo-infraestructura y las vías permitidas, en los términos de la presente ley. La potencia nominal de estos vehículos no podrá exceder los 1000W”, dice la ley.
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El senador sostuvo que “no son solo leyes, son la defensa de tu bolsillo cuando necesites reconectar un servicio, son las calles más seguras para quienes eligen movilidad sostenible, son pasos concretos hacia el país que entre todos estamos construyendo”.
El 24 de junio pasado la Secretaría de Movilidad de Bogotá había planteado varias consideraciones sobre el proyecto de ley.
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La cartera distrital reconoció los beneficios de estas alternativas de movilidad sostenible, pero consideró importante priorizar “la seguridad vial tanto de sus usuarios como, especialmente, de los usuarios de la bicicleta”.
En ese sentido, advirtió que “los vehículos motorizados habilitados por el proyecto de ley podrían alcanzar velocidades de 40, 50 o más kilómetros por hora, que no son velocidades seguras para circular en la misma infraestructura junto a usuarios de la bicicleta”.
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“Estos vehículos con motor y mayor peso pueden desarrollar mayor velocidad y generar siniestros que causen lesiones graves e incluso la muerte de las personas en bicicleta, incluyendo niñas y niños que estén haciendo uso de la cicloinfraestructura que se construyó para protegerlos”, agregó en un comunicado.
Por su parte, el Ministerio de Transporte advirtió el 14 de julio que es inconveniente la potencia de hasta 1000W para este tipo de vehículos.
“Este umbral no toma en cuenta criterios técnicos esenciales como la velocidad máxima por diseño, que es el parámetro que debería usarse para caracterizar este tipo de vehículos, como ya ocurre en países europeos como España”, indicó.