En Colombia un empleador puede despedir a su empleado con o sin justa causa, en este último caso la persona tiene derecho a recibir una indemnización para compensar su despido que varía de acuerdo al tipo de contrato y el tiempo laborado.
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Sin embargo, existe una figura llamada estabilidad laboral reforzada que consiste en el “derecho a conservar el empleo, a no ser despedido en razón de la situación de vulnerabilidad; a permanecer en el empleo hasta que se requiera y siempre que no se configure una causal objetiva que conlleve la desvinculación del mismo”, según dicta la sentencia T-320/16.
La figura de estabilidad laboral reforzada aplica a los empleados que se encuentren en alguna de las siguientes condiciones: mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas con discapacidad o en condición de debilidad manifiesta por motivos de salud, aforados sindicales, madres cabeza de familia y prepensionados.
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Pese a que la ley así lo dicta, muchos empleadores pasan por alto este derecho y proceden al despedido de un empleado, en estos casos, la persona afectada puede pedir el reintegro a su cargo y además a los beneficios económicos con los que gozaba.
Esto es, dicho de otro modo, que el empleado podrá exigir el pago retroactivo de salarios y prestaciones sociales desde la fecha del despido hasta su reincorporación.
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En Colombia, el derecho al despido por parte del empleador está regulado principalmente por el Código Sustantivo del Trabajo (CST). Aunque los empleadores tienen la facultad de terminar un contrato de trabajo, esta no es absoluta y está sujeta a ciertas condiciones legales para proteger al trabajador, como ya vimos.
Además, si por alguna razón el trabajador es despedido este también puede presentar una acción de tutela si considera vulnerados sus derechos fundamentales o demandar ante un juez laboral para solicitar la reintegro o el pago de la indemnización correspondiente.
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Para que un despido se haga bajo la figura de justa causa –en la que no procede el pago de indemnización-, el trabajador debió haber incurrido en faltas graves (como robo, negligencia o incumplimiento del contrato, inasistencias injustificadas al trabajo, actos de violencia o injuria contra el empleador o presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo efecto de drogas.