Este miércoles la Sala Plena de la Corte Constitucional dio a conocer su decisión sobre el proyecto de ley 295 de 2020 Cámara – 475 de 2021 Senado, que reforma la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, estableciendo que desde este momento las actuaciones judiciales deben realizarse de manera presencial, dejando de lado la virtualidad en la Justicia.
{"titulo":"Corte no investigará a Roy Barreras por enriquecimiento ilícito","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/corte-no-abrira-investigacion-roy-barreras-por-supuesto-enriquecimiento-ilicito-999643"}
De acuerdo con el Alto Tribunal los jueces, ya sean de justicia civil, de familia y contenciosa administrativa, podrá definir si realizan la diligencia de forma virtual o presencial. Por su parte, en la justicia penal, el juicio oral deberá hacerse obligatoriamente de manera presencial.
Lo que indica que ahora en las audiencias en las que se toma testimonio de testigos debe realizarse desde la presencialidad; sin embargo, durante las audiencias preliminares de un proceso penal o la audiencia preparatoria de juicio, será el juez, quien indique la forma en la que se llevará a cabo.
Sobre ello, el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia afirmó que se trata de un retroceso en la prestación del servicio de Justicia.
{"titulo":"Plenaria de Senado, sin quorum para debatir el Código Electoral","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/por-falta-de-quorum-la-plenaria-del-senado-aplaza-debate-del-codigo-electoral-999569"}
'Han sido 3 años de un permanente aprendizaje y un avance en la manera que se deciden los procesos en Colombia de manera efectiva, pronta y visible frente a la comunidad con un importante ahorro de recursos para la comunidad y el Estado Colombiano. El retorno a la presencialidad no solo es un retroceso, sino una afectación de la guardiana de nuestras garantías a los derechos de la ciudadanía, los profesionales del derecho y los funcionarios judiciales', se lee en el comunicado.
'Como voceros de los litigantes en materia penal, encontramos que un retorno precipitado a la presencialidad afecta seriamente nuestros derechos y los de nuestros usuarios y tendrá un efecto inmediato en la prestación del servicio, como es un colapso en la programación de audiencias que supongan desplazamientos entre ciudades, o cruces de agenda, asuntos que creíamos hacían parte de un tortuoso pasado. Lamentablemente, donde mayor impacto tendrá una decisión que retome la presencialidad en la Justicia será en la población especialmente protegida, como madres o padres cabeza de hogar, personas privadas de la libertad y víctimas de delitos que hoy gozan de la garantía de la gratuidad y de no confrontación', agrega la misiva.





















