La operación de las salas de cine, previa inscripción en la página de adapta y reactiva de la Alcaldía de Cartagena, está autorizada desde el pasado primero de septiembre.
Así lo recordó María Claudia Peñas, asesora para la reapertura del Distrito, quien explicó que a la fecha solo la empresa Procinal ha pedido autorización.
También recordó que cada empresa tiene libertad de abrir lo que considere pertinente, siempre y cuando cumpla con los protocolos exigidos por el Ministerio de Salud para esta actividad de recreación.
'El único requisito es que estén inscritos en la plataforma de Adapta y Reactiva, con todos sus documentos, incluido las medidas del Ministerio de Salud, y los protocolos de bioseguridad para la apertura de cines', anotó.
Al respecto el Ministerio de Salud y Protección Social entregó nuevos parámetros de bioseguridad para la prevención de la transmisión de la COVID-19 en salas de cine, teatros, autocines y autoeventos, a través de Resolución 1746 de 2020.
Es así como los grupos familiares o de personas que residan en la misma vivienda podrán utilizar máximo cuatro sillas o espacios continuos, guardando el distanciamiento de dos metros con otros grupos de espectadores y asistentes.
En lo que se refiere a los servicios de alimentos y bebidas se autoriza la venta presencial, además de la virtual, conservando el distanciamiento físico de dos metros entre personas. Además, los alimentos y bebidas comprados por los asistentes se deben entregar empacados, de tal manera que no estén expuestos al medio ambiente mientras los asistentes transitan hacia su ubicación.
La norma establece además que los espectadores no deben ingerir alimentos en ningún otro lugar diferente a su asiento o ubicación, ni caminando. Es responsabilidad de los operadores del evento garantizar lo anterior y que en los lugares donde se realice la actividad escénica, en las que se cuente con barras especiales para el consumo de alimentos se cumpla con el distanciamiento de dos metros entre los consumidores.
Está prohibido el consumo de bebidas embriagantes en salas de cine, teatros, autocines, autoeventos y otras infraestructuras de las artes escénicas.
La administración de las salas debe garantizar constante limpieza y desinfección con soluciones que tengan actividad virucida en las zonas de alto tráfico de asistentes y trabajadores, como taquillas, auditorios, sillas, baños y áreas de expendio y consumo de comidas y bebidas.