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Por medio de un decreto, la Alcaldía de Puerto Colombia anunció los horarios de funcionamiento para los establecimientos comerciales del municipio. Dicho decreto se extenderá hasta el 2 de enero de 2025.

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De acuerdo con el documento, las disposiciones estarán aplicadas en todos los establecimiento, a las personas jurídicas con o sin ánimo de lucro establecidas o que funcionen “bajo la denominación de clubes sociales sin ánimo de lucro cuya actividad pueda afectar la convivencia y el orden público, casas culturales, centros sociales privados o similares”, se lee.

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De esta forma, la norma aplicará a lugares cuya actividad económica sea el expendio o consumo de bebidas alcohólicas. Las fechas son:

  • Sábado 7 a 8 de diciembre: discotecas, bares, billares, tiendas, gastrobares y similares, podrán funcionar entre las 9:00 a.m. del día 7 de diciembre y hasta las 3:00 a.m. del día 8 de diciembre de 2424.
  • Martes 24 a 25 de diciembre de 2024: establecimientos comerciales podrán funcionar entre las 9:00 a.m. del día 24 de diciembre y hasta las 3:00 a. m. del día 25 de diciembre de 2024.

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  • Martes 31 de diciembre del presente año a 1 de enero de 2025: los locales  podrán funcionar entre las 9:00 a.m. del día 31 de diciembre y hasta las 3:00 a.m. del día 1 de enero de 2025.

Por otro lado, en el parágrafo del artículo resaltan que los días 8 y 25 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025, el horario de funcionamiento de los establecimientos comerciales en los cuales se expendan o consumen bebidas alcohólicas sólo podrán laborar funcionar las g:00 am y hasta las 7:30 del mismo día.