El aspirante a la Personería Municipal de Candelaria, Jesús Montero Fontalvo, presentó un documento expedido por el Juzgado Primero Promiscuo del municipio, donde el juez Ángel Barraza declara improcedente, por falta de legitimación en la causa activa, la tutela instaurada por un exconcejal, en el caso de la convocatoria al proceso de elección del nuevo personero del municipio.
Montero explicó que las revocatorias a las resoluciones 007 y 008, realizadas por la expresidenta Carmen Rodríguez, fueron hechas para 'subsanar un error' dentro del proceso que se estaba llevando hasta ese momento, pero que los ex vicepresidentes Jader Bolívar y Deymer Muñoz se negaron a firmar.
'La presidenta del Concejo se asesoró con las personas que sabían del tema y le aconsejaron que no se debía iniciar el proceso de la forma como se estaba llevando.
Por otro lado, Montero afirmó que los ex vicepresidentes empeoraron la situación al expedir la resolución 015, al no ser expedida como un oficio, sino que la publicaron 'arbitrariamente e ilegal' dentro de la gaceta del Concejo.
'Las revocatorias de los actos administrativos solamente pueden ser presentadas por el mismo funcionario que las expide o por un superior jerárquico. Esto conlleva a que estas dos personas están incurriendo en una conducta atípica, denominada prevaricato por acción', añadió Montero, quien además indicó que se tomarán acciones penales ante la Fiscalía General de la Nación y acciones disciplinarias y administrativas en la Procuraduría General de la Nación.
Resoluciones. La expresidente Rodríguez se pronunció sobre el caso y explicó que las resoluciones revocadas daban apertura a la convocatoria al concurso de méritos y la otra era el reclutamiento de las hojas de vida. Por tal razón, según señaló, procedió a revocarla porque se debía realizar primeramente la contratación de la universidad.
'Yo no tomé acciones arbitrariamente, como dicen los ex vicepresidentes; yo solo me basé en lo que dice la ley. Luego de esto, Jader Bolívar y Deymer Muñoz se negaron a firmarlas'.