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El Consejo de Estado dejó sin efectos la decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico de suspender provisionalmente la Ordenanza que estableció el cobro de las estampillas Prociudadela y Prodesarrollo, lo que permitiría a la Gobernación reanudar el cobro de estos recursos que tienen como destinación la financiación de obras en la Universidad del Atlántico y los proyectos de infraestructura educativa, sanitaria y deportiva a nivel rural y urbano en el departamento.

En la decisión, que se conoció este fin de semana, el Consejo de Estado negó la nulidad formulada por el Departamento en su calidad de demandado; dejó sin efecto el auto del 23 de marzo de 2018, proferido por el magistrado Óscar Wilches, y ordenó que el expediente sea devuelto al tribunal de origen para que adopte la decisión que corresponda en este caso.

En la parte emotiva del fallo del Consejo de Estado se lee que se deja sin efecto la decisión porque 'si bien el juez o magistrado ponente de manera unipersonal puede decretar medidas cautelares, ello solo es posible en las corporaciones colegiadas en los procesos de única instancia; pero cuando se trate de asuntos de primera instancia que conozcan los jueces colegiados, la decisión le corresponde adoptarla a la respectiva Sala'; es decir, que una decisión sobre este caso debe tomarlo el pleno de la sala.

El proceso

Las dos estampillas están suspendidas desde el año pasado tras una decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico que resolvió una demanda de nulidad presentada por el ciudadano Frank Matute Quevedo.

En el fallo, el Tribunal suspendió provisionalmente los efectos de los subliterales a2, a3 y a4 del artículo 132 de la Ordenanza No. 0253 de 2015, por medio de la cual se reglamentó el Estatuto Tributario del Atlántico.

Estos puntos comprometen a las estampillas Prociudadela Universitaria y Prodesarrollo, que son cobradas por contratos suscritos en los municipios y el Distrito de Barranquilla, y a personas que diligencien trámites y operaciones que expresamente estén gravadas por el Estatuto Tributario.

Estas estampillas son tributos que hacen parte de las rentas endógenas, las cuales se derivan de la posibilidad que tienen los entes territoriales, en este caso el departamento, de establecer sus propios tributos, así como el impuesto al consumo, el impuesto vehicular, o las contribuciones.

Luego de conocerse la decisión, la Gobernación presentó un incidente de nulidad procesal ante el Consejo de Estado, que fue el fallo que se conoció este fin de semana.