Compartir:

Nombres como Gokú, Ponopono, Carsito y Zubarra fueron los causantes para que las personas que lo portaban decidieran cambiárselo y así poder llevar uno con el que se sintieran más cómodos y seguros a la hora de pronunciarlo. 

De acuerdo con cifras de la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), entre enero y agosto de este año, 8.462 personas se acercaron a una de las 903 notarías que hay en el país para solicitar el cambio de su nombre.

Según la entidad, Barranquilla es la tercera ciudad en donde se registraron mayor número de trámites para este proceso, con 239. Bogotá ocupa el primer lugar con 1.640 trámites y le sigue Cali con 550. 

Con respecto a 2017, las cifras bajaron. Barranquilla pasó de 306 trámites de cambio de nombres a 239, es decir, 67 casos menos. 

La Supernotariado sostuvo que los datos arrojados por las notarías indican que portar nombres de superhéroes, de personajes mitológicos, de difícil pronunciación o del sexo opuesto son algunas de las principales razones por las que se solicita el procedimiento.

'Encontramos el caso, por ejemplo, de un ciudadano que se llamaba Consuelo Alfonso; él pidió eliminar su primer nombre. Otros son de personas llamadas Gokū, Ponopono y Carsito, quienes optaron por un nombre más común', señaló el superintendente de Notariado y Registro, Rubén Silva Gómez.

El funcionario explicó que el trámite notarial, que tarda un día, contempla la posibilidad de suprimir, adicionar o modificar el nombre o los apellidos.

El cambio de nombre solo está permitido una vez en la vida, si el procedimiento es efectuado cuando se es menor de edad, el interesado puede volver a cambiarlo cuando llegue a la mayoría de edad.

Procedimiento. La persona interesada en cambiar de nombre debe acercarse a la notaría donde está inscrito su registro civil, con los siguientes documentos: fotocopia de la cédula de ciudadanía, copia auténtica del registro civil de nacimiento.

Asimismo, escritura pública, solicitada en notaría, para hacer el cambio de nombre, luego de realizar la modificación, deben tramitar la rectificación de su documento de identidad con una copia del registro civil de nacimiento, donde conste el cambio.

Para el caso de los infantes y los adolescentes, el procedimiento debe ser adelantado por uno de los padres o por un representante legal.